Mural · Rionegro · 19·05·2026

7.837

Almas que no te
dejarán dormir. El expresidente borró el mural. La cifra es de la JEP. La frase es del pueblo. Las víctimas tenían nombre.

Civiles asesinados por miembros del Ejército Nacional y presentados como bajas en combate entre 2002 y 2008, bajo el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. La Jurisdicción Especial para la Paz los documenta en el Caso 03 como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos bajo un patrón sistemático.

Fuente de la cifra
JEP · Caso 03 · actualización 2025
Período documentado
2002 — 2008
Archivos primarios
CSJ · Fiscalía · JEP · CNE

00 · El detonante

El expresidente pintó encima del mural. La frase volvió a aparecer en internet.

El 19 de mayo de 2026, organizaciones de víctimas y de derechos humanos pintaron «7.837 almas que no te dejarán dormir» a pocos metros de la casa de Álvaro Uribe Vélez en Rionegro, Antioquia. Horas después, el expresidente pasó un rodillo blanco sobre la pintada frente a las cámaras. El gesto fue registrado por la agencia EFE. Lo que sigue no son los muros: son los expedientes.

7.837 almas que no te dejarán dormir.

Pintada de organizaciones de víctimas a pocos metros de la residencia del expresidente Uribe en Rionegro. La línea roja simula el rodillo con el que fue borrada.

«Pido al Centro Democrático tener mucha calma con esta gente, pero mucha firmeza.»

Álvaro Uribe Vélez en X tras pintar encima del mural, según despacho de la agencia EFE del 19·05·2026. Suspendió su agenda en Medellín y regresó a su casa para repintar la pared.

19·05·2026 · Madrugada

El mensaje en la pared

Organizaciones de víctimas plasman la frase «7.837 almas que no te dejarán dormir» en una obra pública en construcción, a pocos metros de la residencia de Álvaro Uribe Vélez en Rionegro, Antioquia.

19·05·2026 · Tarde

El rodillo

El expresidente cubre el muro con pintura blanca frente a los medios de comunicación. El acto queda registrado por la prensa nacional y agencias internacionales.

20·05·2026

Abre este archivo

La cifra vuelve a estar visible en internet, esta vez sostenida en documentos públicos de la CSJ, la Fiscalía y la JEP.

01 · El crimen

Falsos positivos.
Lesa humanidad.

No fueron hechos aislados.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinó que las ejecuciones extrajudiciales —conocidas como «falsos positivos»— respondieron a un patrón sistemático. Entre 2002 y 2008, miembros del Ejército Nacional asesinaron a civiles para presentarlos como bajas en combate y obtener recompensas, ascensos y permisos institucionales. La JEP los clasifica como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Las víctimas, en su mayoría jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, eran reclutadas con falsas promesas de empleo, trasladadas desde sus barrios hacia zonas rurales y ejecutadas poco después. Los territorios con mayor concentración documentada hasta hoy son Antioquia, la Costa Caribe, Norte de Santander, Casanare, Huila y Meta.

La JEP avanza en las sanciones del macrocaso. La primera sentencia llegó en septiembre de 2025 en el subcaso del Batallón La Popa: 12 comparecientes sancionados por 135 hechos. Las imputaciones previas suman más de 1.000 hechos entre Antioquia y la Costa Caribe; restan resoluciones en los demás territorios priorizados.

7.837
Víctimas documentadas por la JEP (2025).
6.402
Cifra inicial del Auto 033 de 2021.
135
Hechos sancionados en La Popa (2025).
12
Comparecientes en la primera sentencia.

02 · Las víctimas

Tenían nombre.
Tenían familia.
Tenían vida.

Las 7.837 víctimas del Caso 03 no son una cifra abstracta.

Eran jóvenes, en su mayoría entre 17 y 30 años. Hombres pobres, muchos sin trabajo estable. Habitantes de la periferia urbana: Soacha, Ciudad Bolívar, Medellín, Cali, Barranquilla. Personas con discapacidad cognitiva o adicciones reclutadas precisamente por su vulnerabilidad.

Fueron sacados de sus barrios con la promesa de un trabajo. Algunos viajaron días en buses interdepartamentales hasta zonas rurales que jamás habían visto. Allí los mataron y los vistieron de guerrilleros antes de que llegara la prensa o la fiscalía.

Sus madres no aceptaron el guión militar. Buscaron los cuerpos, exigieron exhumaciones, presentaron denuncias cuando nadie las escuchaba. Hoy, las Madres de Falsos Positivos (MAFAPO) y el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE) sostienen la pregunta «¿Quién dio la orden?» con la cifra exacta de la JEP.

03 · Condenas confirmadas

Seis del primer círculo
ya tienen condena firme.

Ninguna por falsos positivos. Las víctimas del Caso 03 esperan todavía responsabilidad penal individualizada en la cadena de mando civil. Lo que la justicia ordinaria ha alcanzado contra el primer círculo del gobierno Uribe son delitos conexos al ejercicio del poder: seguimientos ilegales del DAS, cohecho en la reelección y peculado.

01 / 06

María del Pilar
Hurtado Afanador

Directora del DAS (2007–2008).

Condena confirmada

La Corte Suprema confirmó en 2025 su condena por seguimientos ilegales realizados desde el DAS a magistrados de la Corte Suprema, periodistas, opositores políticos y defensores de derechos humanos durante el segundo gobierno Uribe.

02 / 06

Bernardo
Moreno Villegas

Director del DAPRE — Secretaría General de Presidencia.

Condena confirmada

Condena confirmada por la Corte Suprema en 2025 por su rol en los seguimientos ilegales del DAS, en el marco del mismo proceso que cobijó a María del Pilar Hurtado.

03 / 06

Sabas Pretelt
de la Vega

Ministro del Interior y de Justicia (2003–2006).

Condena confirmada

La Corte Suprema ratificó en 2024 su condena por cohecho en la aprobación de la reelección presidencial (Acto Legislativo 02 de 2004). La providencia documenta ofrecimientos a congresistas para influir en su voto.

04 / 06

Diego
Palacio Betancourt

Ministro de la Protección Social (2003–2010).

Condena confirmada

Condena ratificada por la Corte Suprema en 2024 por cohecho en la aprobación de la reelección presidencial. Misma decisión que cobijó a Sabas Pretelt y Alberto Velásquez.

05 / 06

Alberto
Velásquez Echeverri

Director del DAPRE (2006–2008).

Condena confirmada

La Corte Suprema ratificó en 2024 su condena por cohecho en la aprobación de la reelección presidencial. Misma decisión que cobijó a Pretelt y Palacio.

06 / 06

Andrés Felipe
Arias Leiva

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural (2005–2009).

Condena confirmada

La Corte Suprema confirmó en 2023 condena de 17 años y 5 meses por contrato sin requisitos legales y peculado por apropiación en el programa Agro Ingreso Seguro.

04 · Procesos activos

Seis expedientes en curso.
Estado procesal a hoy.

Aquí están el expediente contra el propio expresidente (hoy en casación), los procesos transicionales de la JEP por falsos positivos contra mandos militares, los procesos ordinarios contra el círculo cercano y el caso del hermano. Ninguna de las decisiones es firme.

01 / 06

Álvaro
Uribe Vélez

Expresidente 2002–2010. Senador 2014–2020.

Casación pendiente

Investigado por presunto soborno en actuación penal y fraude procesal. El 1 de agosto de 2025 fue condenado en primera instancia por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá. El 21 de octubre de 2025, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la decisión y lo absolvió en segunda instancia. En enero de 2026, la Fiscalía y la representación de víctimas interpusieron el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia.

El 19 de mayo de 2026 cubrió personalmente con pintura blanca el mural «7.837 almas que no te dejarán dormir», en Rionegro.

02 / 06

Mario
Montoya Uribe

General (r) del Ejército Nacional. Comandante del Ejército 2006–2008. Comandante de la IV Brigada (Antioquia) 2002–2003.

JEP · Ruta adversarial

La JEP lo imputó en 2023, junto a ocho militares más, por 130 hechos de falsos positivos en Antioquia, clasificados como crímenes de guerra y de lesa humanidad. En diciembre de 2024, la Sala de Reconocimiento de Verdad remitió su proceso a la Unidad de Investigación y Acusación por no reconocer responsabilidad pese a las pruebas. El proceso continúa en ruta adversarial.

03 / 06

Caso 03 — JEP
Falsos positivos

Mandos del Ejército Nacional · macrocaso JEP.

En curso · JEP

Primera sentencia (subcaso La Popa) en septiembre de 2025: 12 comparecientes sancionados por 135 hechos. Imputaciones previas: 130 hechos en Antioquia (2023), 604 en la Costa Caribe (2025) y 442 en Antioquia (2025). Restan resoluciones en Norte de Santander, Casanare, Huila y Meta.

04 / 06

Óscar Iván
Zuluaga Escobar

Excandidato presidencial del Centro Democrático (2014).

Acusación · Fiscalía

La Fiscalía General de la Nación lo acusó formalmente en agosto de 2024 por presuntamente ocultar aportes de Odebrecht a su campaña presidencial de 2014. La acusación cobija también a su entonces gerente de campaña.

05 / 06

Álvaro Hernán
Prada Artunduaga

Exrepresentante a la Cámara · hoy magistrado del CNE.

Juicio oral

Investigado por presunto soborno en actuación penal en conexión con el expediente Uribe. Juicio oral en curso desde febrero de 2026.

06 / 06

Santiago
Uribe Vélez

Hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Impugnación especial

Investigado por su presunto rol en el grupo paramilitar conocido como «Los 12 Apóstoles», que habría operado en el norte de Antioquia. En 2025, el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución previa y lo condenó en segunda instancia por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. En 2026 el caso llegó a la Corte Suprema por impugnación especial.

05 · Cómo se construye este archivo

Cinco reglas.
Sin excepciones.

Este archivo no reemplaza a la justicia ni a sus canales oficiales; actúa como un puente hacia ellos.

  1. 01

    Fuente primaria obligatoria.

    Toda afirmación remite directamente a una providencia, expediente o comunicado público — CSJ, Fiscalía, JEP, CNE, Procuraduría, ONU o CIDH.

  2. 02

    Estado procesal exacto.

    Cada ficha indica si la decisión es de primera instancia, de segunda, en casación, en juicio o firme. No se interpreta el desenlace.

  3. 03

    Decisiones no firmes, señaladas.

    Si un caso está pendiente, revocado, absuelto o en revisión, se dice expresamente — con la fecha y el órgano que decidió.

  4. 04

    Correcciones públicas.

    Las correcciones se hacen sobre el texto, con nota visible de qué cambió, cuándo y por qué. El historial queda en el repositorio.

  5. 05

    Todo enlazable.

    Cada ficha tiene URL canónica. Cada fuente, también. No se cita lo que no se puede abrir y leer.

06 · Aportar al archivo

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